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Registro de inquilinos incumplidores

Solo con sentencia firme. Se sale al pagar o, como mucho, a los 5 años.

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En qué consiste

Entra quien tenga una resolución firme por impago, daños graves o no abandonar la vivienda al final del contrato.

Mientras esté inscrito necesita aval, un seguro adicional o alquilar a través de la agencia pública. Sale al pagar lo que debe, y como máximo a los 5 años.

Por qué

Protege a los propietarios sin dejar a nadie en la calle: un veto de por vida sería desproporcionado y lo anularían los tribunales.

Un ejemplo práctico

Un inquilino es condenado en firme por dejar de pagar ocho meses. Entra en el registro. Durante ese tiempo puede alquilar si presenta un aval o un seguro adicional, o a través de la agencia pública. Cuando paga la deuda, sale del registro. Si no paga, sale como máximo a los cinco años.

Lo que dirán en contra

¿Y la protección de datos?

Solo con sentencia firme, con un plazo máximo y con derecho a salir al pagar. Así es proporcionado.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede consultar el registro?

Los propietarios con un contrato en trámite y el inquilino afectado, con las garantías de la normativa de protección de datos.

¿Entra alguien por un retraso puntual?

No. Solo con resolución judicial firme por impago, daños graves o no abandonar la vivienda.

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